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Subvenciones en la Comunidad Autónoma de Andalucía

 

Según la Orden de Incentivo del 11 de Abril 2007 es posible conseguir ayudas para la instalación de sistemas térmicas solares. También para las instalaciones fotovoltaícas hay subvenciones, además ayudas de financiación o/y se puede vender la electricidad producida. Normalmente las empresas instaladoras se encargan de solicitar las ayudas. Es importante tener en cuenta, si se quieren conseguir ayudas, que las instalaciones estén hechas por empresas autorizadas. Estas empresas autorizadas han sido selecionados oficialmente por el organismo competente. En la Provincia de Granada hay aprox. 50 de estas empresas autorizadas.

Las mas importantes e independientes instituciones de contacto, para la ayuda y financiación de instalaciones de energías renovables en Andalucía y en la Provincia de Granada son la AAE (Agencia Andaluza de la Energía) y AEG (Agencia Provincial de la Energía de Granada) con sede en Granada.

En la Orden de Incentivo 11 de Abril 2007 se administra la promoción de energías renovables. El Programa fomenta las instalaciones solares térmicas , solares fotovoltaicas (tanto aisladas como conectadas a la red eléctrica), eólicas para el suministro eléctrico, instalaciones mixtas de dos o más de los sistemas anteriores e instalaciones de biomasa para usos térmicos y proyectos de eficiencia y ahorro energetico.

BENEFICIARIOS:
Los beneficiarios serán las empresas con establecimiento operativo en Andalucía, especialmente las PYMES
Agrupaciones o asociaciones de empresas y fundaciones
Las administraciones locales, y otras entidades públicas
Los ciudadanos y agrupaciones de los mismos.

PROYECTOS Y ACTUACIONES INCENTIVABLES
Entre otras:
Solar térmica y Fotovoltaica. También llamadas instalaciones para producción de energía eléctrica en régimen especial.

PLAZO

El día 29 de septiembre se ha publicado en el BOE una resolución con fecha 27 de septiembre de la Secretaría General de Energía en la que se informa que a finales del mes de agosto se había rebasado el 85% del objetivo de 371 MW marcado por el Real Decreto 661/2007 en cuanto a instalaciones fotovoltaicas conectadas a red.Mediante esta resolución se fija un plazo de 12 meses, por eso el plazo nuevo de presentación de solicitudes es abierto hasta

el 26 de septiembre de 2008


Instalaciones solares térmicas:

Para Instalaciones solares térmicas se puede conseguir con carácter general una ayuda hasta un 40% de la inversión.
En algunos casos, como una PYME, una administración local o entidad pública, o ciudadanos y sus agrupaciones, la ayuda puede aumentarse a 50%. También cuando el proyecto tenga caracter innovador o presenta una integración arquitectónica elevada se aumentará la ayuda.

Solamente las instalaciones que no sean obligatorias pueden solicitar esta subvención.

 


Instalaciones fotovoltáicas:

Las instalaciones solares fotovoltáicas tambien están apoyadas por el programa de PROSOL.
Como en el caso de la solar térmica se puede conseguir una ayuda hasta un 40% de la inversión.
Las instalaciones solares fotovoltaicas puedan contar con una ayuda de financión de parte del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).
Sin ayuda se quedan las instalaciones fotovoltáicas para la venta de electricidad, pero aqui hay la posibilidad de compensar los costes de la instalación fotovoltáica con la venta de la electricidad
a la compañía eléctrica.

La entrega de electricidad fotovoltáica en la red:

Según la legislación de la UE y el Real Decreto 2818/1998, de 23 de diciembre, se permite a cada productor de energía renovable vender la energía producida mediante una instalación solar fotovoltáica y obliga a las Compañías Eléctricas a comprarla.

Para instalaciones hasta 100 kW = Precio fijo (tarifa regulada) 0,44 € / kWh
Para instalaciones entre 100 kW y 10 MW = Precio fijo (tarifa regulada) 0,42 € / kWh
Para instalaciones mayores de 10MW = Precio fijo (tarifa regulada) 0,22 €/ kWh

Huertos Solares:

Los huertos solares son instalaciones de fotovoltáica, normalmente en el campo, cuyo objetivo es la generación de energía para la venta a la compania electrica correspondiente.
Los huertos solares no cuentan con ninguna subvención. Para la Tramitación de la solicitud hay que contactar con la Consejería de Innovación y Ciencia y con la Compania electrica correspondiente (En Granada: Endesa).

Conceptos básicos a tener en cuenta:

1. Se inyecta a la red TODA LA ENERGÍA SOLAR PRODUCIDA, no una parte, no lo excedentes, como ocurre en la cogeneración. Se establece una prima muy superior al precio del kWh convencional para que el nuevo generador solar eléctrico obtenga una compensación económica a su inversión inicial.

2. El generador solar eléctrico NUNCA SERÁ AUTOPRODUCTOR, simplemente es productor, mientras se mantenga vigente la prima establecida a niveles superiores al coste de la energía convencional.

3. El precio de las primas NO LO PAGA EL ESTADO. Estos importes proceden de la tarifa eléctrica vigente y por tanto de los recibos bimensuales que pagamos a las compañías distribuidoras todos los usuarios de energía eléctrica.

 

Fomentos Nacionales

Programa de Fomento de la Investigación Técnica (PROFIT),
Ayudas de financiación y subvenciones del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)
Ayudas a instalaciones de Energía Solar Fotovoltaica. Convocatoria pública 2002 para la acreditación de empresas colaboradoras.
Ayudas a instalaciones de Energía Solar Térmica. Convocatoria pública 2002 para la acreditación de empresas colaboradoras.
Plan de Fomento de las Energías Renovables 2000-2010. Ayudas a instalaciones de energía solar térmica para usuarios.
Plan de Fomento de las Energías Renovables 2000-2010. Ayudas a instalaciones de energía solar fotovoltaica para usuarios

Más información en la página web del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía IDAE

 



TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES:

Las solicitudes para la obtención de incentivos se formularán conforme al modelo que figura como Anexos en la Orden de Incentivo del 11. Abril 2007.

El modelo consta de dos elementos: solicitud de incentivo y memoria-formulario.
Las solicitudes de incentivos irán dirigidas a la Presidenta de la Agencia Andaluza de la Energía, y podrán presentarse:
a) En el Registro administrativo de la Agencia Andaluza de la Energía (AAE).
b) En los Registros administrativos de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

También se puede elegir la tramitación telemática. www.juntadeandalucia.es/innovacioncienciayempresa o consultar la página web de la Agencia Andaluza de la Energía AAE .

La Agencia Andaluza de la Energía evaluará las solicitudes.

TRAMITACIÓN SIMPLIFICADA
El procedimiento simplificado se aplicará a aquellas solicitudes de incentivos formuladas por personas físicas, cuya solicitud de incentivo no exceda de 3.000 euros y sea tramitado por alguna de las empresas adheridas a este procedimiento. Éstas deberán aplicar un descuento en concepto de anticipo al beneficiario equivalente a la cuantía del incentivo.
Las actuaciones incentivables por este procedimiento serán las siguientes:
1. Instalaciones de sistemas solares térmicos prefabricados.
2. Instalaciones solares térmicas con superficie de captación menor de 10 m2
3. Instalación de chimeneas tecnológicas: Hogares o insertables cerrados de aire o agua.
4. Instalación de estufas de pellets.
5. Instalaciones fotovoltaicas para bombeo con variador de frecuencia incorporado en la bomba.


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